
Boleta Impresa
Sita ContadoraCompartir
El Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile ha emitido dos resoluciones clave en 2025 que buscan fortalecer la fiscalización y asegurar el cumplimiento tributario en las transacciones presenciales:
Resolución Exenta SII N°12 (17 de enero de 2025)
Esta resolución establece la obligación de entregar una representación impresa o virtual de la boleta electrónica y del comprobante de pago electrónico en operaciones presenciales con consumidores finales. Su objetivo principal es reforzar la emisión de boletas electrónicas por cada compra realizada, independientemente del medio de pago utilizado.
Aspectos destacados:
- Entrega obligatoria: Los contribuyentes deben entregar la representación impresa de la boleta electrónica y/o del comprobante de pago electrónico en transacciones presenciales.
- Modalidad de pago: En pagos con efectivo o transferencia bancaria, la entrega impresa es obligatoria. En pagos con tarjetas u otros medios electrónicos, se debe entregar la representación impresa de la boleta y/o del comprobante de pago.
- Representación virtual: Se permite la entrega adicional de la representación virtual a través de medios electrónicos como correo electrónico, SMS, apps de mensajería o códigos QR.
- Visualización de documentos: Los contribuyentes deben contar con medios para visualizar los documentos o comprobantes electrónicos emitidos.
- Sanciones: El incumplimiento puede ser sancionado conforme al Código Tributario.
Resolución Exenta SII N°53 (29 de abril de 2025)
Esta resolución actualiza y precisa las disposiciones establecidas en la Resolución N°12, dejando esta última sin efecto. Su objetivo es consolidar y clarificar las obligaciones de los contribuyentes en cuanto a la entrega de boletas electrónicas y comprobantes de pago en operaciones presenciales.
Principales modificaciones:
- Obligación de entrega: Se reafirma la obligación de entregar la representación impresa o virtual de la boleta electrónica y/o del comprobante de pago electrónico en operaciones presenciales.
- Medios de entrega virtual: Se detallan los medios aceptados, incluyendo correo electrónico, SMS, mensajería instantánea, códigos QR, etc.
- Visualización de documentos: Se enfatiza que los contribuyentes deben disponer de medios para visualizar los documentos electrónicos.
- Responsabilidad del consumidor: Se establece que es responsabilidad del consumidor exigir la representación del documento, según el sistema habilitado por el contribuyente.
- Sanciones: Se especifican las sanciones por incumplimiento conforme al Código Tributario.
- Vigencia: Rige desde el 1° de mayo de 2025 para contribuyentes con dispositivos de impresión, y desde el 1° de marzo de 2026 para quienes no los posean.
Conclusión
Las Resoluciones Exentas SII N°12 y N°53 de 2025 reflejan el compromiso del Servicio de Impuestos Internos por fortalecer la fiscalización y asegurar el cumplimiento tributario en las operaciones presenciales. Es fundamental que los contribuyentes se informen y adecuen sus sistemas y procedimientos para cumplir con estas disposiciones, evitando así sanciones y contribuyendo a una mayor transparencia en las transacciones comerciales.
Para más información, puedes consultar las resoluciones completas en los siguientes enlaces:
Resolución Exenta SIIN°12: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso12.pdf
- Resolución Exenta SII N°53: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso53.pdf
Sita Contadora